4.º Se entenderá como «riesgo laboral bajo e inminente» aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño llano para la salud de los trabajadores. Si has instruido mis publicaciones anteriores, puede que sepas que yo todavía he luchado con aspectos de https://hayleyd272qes2.bloggactif.com/profile